Serie Ley Fintech: Sistemas de Enrutamiento de Órdenes
Continuamos nuestra serie sobre los tipos de giro bajo la Ley Fintech 21.521. Hoy analizamos los Sistemas de Enrutamiento de Órdenes.

Marco Regulatorio
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Ley Fintech 21.521: Marco general que regula los servicios financieros tecnológicos
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NCG N°524: Normativa que precisa disposiciones para la inscripción y autorización
Checklist: ¿Eres un Sistema de Enrutamiento de Órdenes?
Según la Ley Fintech 21.521, tu empresa podría serlo si realiza estas actividades:
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Comunicación de Órdenes
¿Tu empresa...?
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Comunica órdenes sobre valores de oferta pública o instrumentos financieros
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Canaliza órdenes de compra o venta por cuenta de terceros
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Opera sin limitar a los clientes en la elección del destinatario
Ejemplo práctico:
Si tienes una plataforma que conecta órdenes de inversores con diversos intermediarios o sistemas de transacción, sin influir en la elección del destinatario, probablemente calificas bajo esta categoría.
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Tipos de Instrumentos que Canalizas
¿Trabajas con...?
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Valores de oferta pública (acciones, bonos)
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Instrumentos que representan deudas
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Activos financieros virtuales
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Contratos diseñados para generar rentas monetarias
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Destinos de las Órdenes
¿Canalizas órdenes hacia...?
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Sistemas alternativos de transacción
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Intermediarios de valores
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Corredores de bolsa
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Plataformas de transacción especializadas
Obligaciones Clave
Si identificaste que tu empresa es un Sistema de Enrutamiento de Órdenes, deberás:
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Mantener registros detallados de las órdenes canalizadas
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Implementar sistemas de gestión de riesgos
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Asegurar la trazabilidad de las operaciones
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Garantizar la neutralidad en el enrutamiento
Nota Importante
La CMF ha establecido el 2 de febrero de 2025 como plazo máximo para la Inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros.